Diferencias entre Renting y Leasing
El arrendamiento financiero o leasing es un contrato de carácter financiero que una entidad de crédito formaliza con el arrendatario para financiar la adquisición de un bien destinado a la actividad empresarial o profesional.
Como elemento importante del leasing, debe contemplarse la opción de compra, siendo una elección a ejercer por el arrendatario al final del periodo. El valor de dicha opción de compra suele ser el importe de la última cuota de arrendamiento, aunque las partes tienen libertad para decidir su valor.
El leasing sólo supone la adquisición del coche. El mantenimiento y demás gastos deben ser pagados y gestionados por el cliente.
El plazo mínimo de contratación del leasing es de 24 meses.
El leasing, la compra y el crédito requieren la activación del bien en el balance y su correspondiente amortización.
El leasing y el crédito hacen aumentar el ratio de endeudamiento, parámetro clave para los bancos en la contratación de nuevos créditos.
Veamos en el siguiente cuadro las principales diferencias entre Leasing y Renting:
Características | LEASING | RENTING |
Opción de compra | Obligatoria. Normalmente es la última cuota. | Potestativa. |
Tratamiento contable | Arrendamiento financiero. | Arrendamiento operativo/ financiero. Evaluación características. |
Impacto económico | Reflejo del activo y pasivo asociado en el balance. | Ausencia de reflejo patrimonial. |
Tratamiento fiscal | Aceleración del gasto fiscal en cuotas de amortización si cumple requisitos del artículo 115 Ley Impuesto Sociedades. | Si es arrendamiento operativo: cuota es gasto fiscal. Si es arrendamiento financiero: importe cuota amortización según criterio contable. |
Servicios adicionales | No incluidos. Los debe contratar, gestionar y soportar económicamente la empresa. | Si, y están integrados en la cuota. |
Duración | Duración mínima de 24 meses en bienes muebles y 10 años para bienes inmuebles aplicando régimen fiscal especial. | Inexistencia de plazos prefijados, aunque lo habitual es por un mínimo de 12 meses. |
Adquisición titularidad | Usualmente sí, mediante ejercicio de la opción de compra. | Habitualmente se cancela el contrato a su vencimiento, excepto si hay opción de compra. |
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